La Sala VI dejó sin efecto la medida cautelar, desestimó el planteo de la Lista Gris Naranja y autorizó a la Junta Electoral a fijar una nueva fecha de votación

Mediante una resolución firme, el tribunal confirmó la validez de lo actuado por la Junta Electoral y cerró definitivamente el intento de cuestionar el acto eleccionario. Con esta decisión, queda habilitada la reanudación del proceso electoral con la participación exclusiva de las listas debidamente autorizadas.
*Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo – Sala VI*
[...] 1) Desestimar el pedido de nulidad de la resolución cautelar dictada por esta Sala dejando sin efecto la medida cautelar oportunamente dictada y desestimar la pretensión de la Lista Gris Naranja tendiente a cuestionar la validez del acto eleccionario suspendido y 3) Autorizar a la Junta Electoral a fijar nueva fecha del acto eleccionario con la participación de las listas autorizadas a participar en el suspendido.
Por ello, EL TRIBUNAL RESUELVE: I) Desestimar el pedido de nulidad de la resolución cautelar dictada por esta Sala dejando sin efecto la medida cautelar oportunamente dictada y desestimar la pretensión de la Lista Gris Naranja tendiente a cuestionar la validez del acto eleccionario suspendido y II) Autorizar a la Junta Electoral a fijar nueva fecha del acto eleccionario con la participación de las listas autorizadas a participar en el suspendido.
Carlos Pose – Juez de la Cámara Diana R. Cañal – Jueza de la Cámara
Ante mí,
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